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Diferencias entre faltas y delitos
23 de octubre de 2020

Todo despacho de abogados en Bilbao sabe de la diferencia entre lo que es considerado una falta y un delito dentro del Código Penal, aunque es posible que para la ciudadanía las diferencias no estén tan claras.

Por ello, y ante las dudas que puedan surgir ante cualquier despacho de abogados en Bilbao, queremos usar este post para hablar de esta diferencia de los ilícitos penales.

Las faltas son castigadas con penas más leves, es decir, penas de multa que no superen los dos meses, trabajos en beneficio de la comunidad durante 30 días o menos, privaciones de algunos derechos de hasta un año e incluso con prohibiciones que podrían alcanzar los seis meses. De este modo, las faltas nunca serán castigadas con penas de prisión, excepto en los casos donde seamos condenados a una multa y no la paguemos. En dicho supuesto, el juez podría sustituir la multa impuesta por una pena de prisión o por una localización permanente.

En cuanto a los delitos, quedan castigados según el Código Penal con penas más graves que las faltas, en las que se incluyen penas de prisión por un periodo mayor a tres meses, multas de más de dos meses, trabajos en beneficio de la comunidad de más de 30 días, inhabilitaciones, privaciones de derechos superiores por un año o prohibiciones de acercamiento de seis o más meses.

Otra diferencia es que si nos condenan a un delito, constará de manera automática en el Registro de Antecedentes Penales. Es decir, tiene unas consecuencias inmediatas. En cambio, las faltas no constan en ningún registro, por lo que si somos condenados por una falta solo aparecerá en la sentencia del juicio.

Desde Iñigo Lartitegui Sebastián ponemos esta información al alcance de todos para crear conciencia que nuestros actos, cuando son negativos, pueden traer consecuencias.

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