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RECUPERAR CARNE DE CONDUCIR VÍA PETICIÓN DE INDULTO
16 de enero de 2019

Pese a que el interesado había sido condenado en sentencia firme a la privación del carne de conducir , se solicitó el indulto total o parcial de dicha pena judicial ante la administración pública, y dado que se está tramitación el indulto, el Juzgado encargado de la ejecutoria ha accedido a la petición del penado de que quede en suspenso dicho pronunciamiento penal en tanto en cuanto no se resuelva por la administración la petición de indulto. Con otras palabras, se ha devuelto el carne de conducir al penado por ser éste solicitante del indulto y en tanto en cuanto no se decida sobre su petición por parte de órgano administrativo correspondiente. Tratándose de acreditar siempre y con la correspondiente prueba de que caso de no accederse a la suspensión de dicha pena, se va a ocasionar un daño irreparable, siendo siempre una medida excepcional a la que sin duda se debe de prestar atención para en definitiva poderse hacer uso de un Derecho que no devenga ilusorio.

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